De lo antes expuesto este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia y en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda de cobro de bolívares por vía intimatoria intentada por el ciudadano HUGO ALI ARAUJO GUERRERO, representado e interpuesta por su apoderado judicial, abogado ANGEL RAÚL RAMÍREZ MENDEZ, antes identificado, contra la empresa REPRESENTACIONES KASY MON SRL, representada por la ciudadana SUSANA KASRINE CHIDIAK, antes identificado, a través del defensor ad litem OSWALDO CAÑAS SUAREZ sólo en cuanto se refiere al pago del titulo valor (cheque) signado con el número 66320329, de fecha 23 de diciembre de 1999 por el monto de
NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 9.476.578,00); de la cuenta corriente número 066-000108-3 del Banco INTERBANK,.....