JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diez y ocho de febrero de dos mil diez.
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la Abogada MARÍA ANTONIA PARRA MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.233., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.040.432, y civilmente hábil. Actuando en su propio nombre. Contra: CARMEN FÉLIDA BASTARDO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.899.706, de este domicilio y hábil por DESALOJO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CU.....