"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del -nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, y al Registrador Principal del estado Mérida, la corrección de las actas de nacimiento de los ciudadanos CARLOS RAUL CALDERON MORALES, MARIA TERESA CALDERON DE CORREDOR, LUISA DEL CARMEN CALDERON MORALES, ALBA MARINA CALDERON MORALES, ENRIQUE MELECIO CALDERON MORALES Y RAMON ALFONSO MORALES, ya identificados, insertas por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, identificadas dichas actas con los números 1663 del año 1960, Nº 281 del año 1949, Nº 808 del año 1954, Nº 736 del año 1958, Nº 777 del año 1956, y Nº 472 del añ.....