es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, incoada por la ciudadana FRANCY ERIBERTA PEREZ LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.916.950, de este domicilio, asistida en este acto por el abogado en ejercicio, RIGOBERTO DE J. ZAMBRANO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.286.870, domiciliado en Mérida, Estado Mérida y hábil, precisamente DEL ACTA DE MATRIMONIO, N° 24, correspondiente al año 1994, del REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA JACINTO PLAZA MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, en consecuencia se ordena insertar en la referida acta de matrimonio correspondiente, en donde se exprese que el nombre correcto de la solicitante es FRANCY ERIBERTA P.....