Ordena la ampliación de la autorización Judicial, otorgada por este Tribunal en fecha 15-05-2.006, a la ciudadana BLANCA JOSEFINA MARQUINA LACRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.495.264, para que el Niño OMITIR NOMBRE, plenamente identificado en autos, viaje igualmente con su legitima madre ciudadana CARLA JOSEFINA HENRIQUEZ MARQUINA, plenamente identificada en autos, hacia la Ciudad de Curazao, Antillas Neerlandesas, a la siguiente dirección Vista Resort pescadera Vai Nº 3-B Willeemstaad, en los términos arriba indicados, todo de conformidad con el contenido y alcance del articulo 252 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con la Decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha veinte de junio del dos mil dos (2.002), es por ello, que mediante el presente auto se amplia la Autorización Judicial dictada en fecha 15-05-2.006, y por consiguiente, téngase el presente auto como parte integrante de la Autorización d.....