Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia definitiva en la presente causa, en los términos siguientes: PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción autónoma de amparo constitucional, interpuesta por el profesional del derecho RICARDO JOSE GONZALEZ CAMARILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 115.756, indicando que actúa en nombre y representación del ciudadano JOSE GUILLERMO FINOL BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 21.226.497, mediante la cual, y con fundamento en el artículo 26, 49 y 51 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, interpuso acción de amparo constitucional contra "omisión de pronunciamiento, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TR.....