PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos MIRIAM ALEXANDRA UZCATEGUI ALBARRAN y HUGO JOSE PEÑA UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 16.657.978 y V-16.664.850, domiciliados en: avenida Fernández Peña, Residencias La Fortaleza, torre A, piso 2, apartamento A-2-2, de la Ciudad de Ejido del estado Bolivariano de Mérida; números de teléfono: 0424.7133103 y 0414.7175480, correos electrónicos: miriamchipi17@gmail.com y hjose12@hotmail.com y civilmente hábiles; a favor de su hija, La niña ISABELLA ALESSANDRA PEÑA UZCATEGUI, de ocho (08) años de edad, F.N.:17/03/2017, pasaporte venezolano Nº 195290330; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.