Primero: INADMISIBLE la reconvención propuesta por los ciudadanos HENRRY BUITRAGO BERMUDEZ, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.961.166, ROSA EDILMA BUITRAGO BERMUDEZ, venezolana, divorciada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.702.604 y DOUGLAS JESUS PAREDES BERMUDEZ venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.216.647, asistidos por el abogado en libre ejercicio JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.529.518, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 103.174. ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: por la naturaleza del fallo no se hace especial pronunciamiento en costas. ASÍ SE DECIDE.-
En virtud de que la presente sen¬tencia se publi¬ca fuera del lapso legal, debido al exceso de trabajo, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil y a los efectos allí indicados, se ordena a las partes.
Publíquese, regístrese y cóp.....