este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, NIEGA LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor, AÑES VALBUENA OSCAR ALONSO, venezolano, mayor de edad, soltero, docente, titular de la cédula de identidad N° 7.602.293, domiciliado en la avenida las ameritas, residencias las marías, edificio carolinas, piso 8, apto 8-40 Mérida Estado Mérida, por cuanto a la presente fecha la acción penal no ha prescrito, considerando el Tribunal que por cuanto falta recabar el reconocimiento psiquiátrico a la victima en consecuencia una vez firme la presente decisión, se ordena la remisión de la presente causa a la Fiscalía Superior del Ministerio Publico para que mediante pronunciamiento motivado, ratifique o rectifique.....