El Tribunal de conformidad con los Artículos 2, 7, 25, 26, 49 y 253 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en los Artículos 185-A, 186 del Código Civil y la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del presente año emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, la solicitud formulada por los ciudadanos VICTORINO ANDARA RAMIREZ Y EUSTAQUIA OLIVAR COMBITA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.006.172 y V-5.757.719, en su orden, domiciliados el primero en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y la segunda en la Urbanización Timotes, casa s/n de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida y hábiles, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre dichos ciudadanos anteriormente identificados, celebrado por ante la Prefec.....