Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda con lugar la suspensión condicional de proceso, por el lapso de tres (03) meses en la presente causa seguida a ciudadano WILMER ALARCON MANRRIQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.914.722, natural de Tovar estado Mérida, nacido en fecha 24-06-1976, de 48 años de edad, soltero, de profesión mecánico, con sexto grado de instrucción primaria, hijo de María Ramona Manrrique Salas (v) y de Ricardo Alarcón (v), residenciado en el Barrio Las Flores Parte baja, casa a orilla del caño, casa 1-011, revestida de color blanco con puertas y ventanas de color azul, teléfono 0275-88141414, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani, Est.....