Dispositiva
Por las razones precedentemente explicadas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
Primero: Se declara con lugar la solicitud presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Mérida y en consecuencia se decreta:
1.- Prohibición de enajenar y gravar bienes sobre un inmueble consistente en un lote de terreno, ubicado en "la otra banda", avenida Cardenal quintero, parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, el cual pertenece a la empresa "TECNOLOGÍA CONSTRUCTIVA,C.A", según documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Registro público del Municipio Libertador del Estado Mérida, de fecha 09 de agosto de 2007, bajo el número 22, folios 121 al 127, protocolo 1º, tomo 23º, correspondiente al tercer trimes.....