Definitivamente firme como quedara por auto de fecha 01 de Noviembre de 2.011, la Sentencia proferida por el Tribunal en Funciones de Juicio No. 03, de estos mismos Circuito Judicial Penal y Extensión El Vigía, de fecha 27 de Septiembre de 2.011, que absolvió al ciudadano LUIS DA SILVA BARRERO, quien dijo ser extranjero, natural de Fronta de Sol, Portugal, titular de la cédula de ciudadanía E-81.227,038, nacido en fecha 07-04-1961, de 49 años de edad, casado, productor agropecuario, estudió hasta el quinto grado de educación básica, hijo de Virgilio Gonzalbes Do Borrero (f) y Ana Da Silva Madalena (v), domiciliado en la urbanización Las Cumbres, calle Santa Bárbara, casa N° 16, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0275-8816347, por el delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 281 en relación con el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL Orden Público, igualmente ordena la destrucción del arma de fuego descrita en la Experticia.....