PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación, formulado mediante diligencia de fecha 23 de mayo de 20156 (folio 245), por la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.929.732, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.469, domiciliada en la ciudad de El Vigía, contra la sentencia definitiva de fecha 06 de mayo de 2014, mediante la cual el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declaró procedente la impugnación a la estimación de la demanda por exagerada, interpuesta por la parte actora ciudadano GUSTAVO PÉREZ, en el juicio incoado contra el ciudadano EDGAR ANTONIO RAMIREZ BARRIOS, por desalojo de inmueble local comercial. En consecuencia LE IMPARTE a dicho acto de autocomposición procesal el CARÁCTER DE SENTENCIA PASADA .....