ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, contra el acusado JOSE BLADIMIR PADILLA, venezolano, de 32 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula 13.677.352, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 12-11-1977, hijo de Francelina Padilla (v), domiciliado en Caño Seco II, Calle 6, Casa N° 52, 2 cuadras abajo de la Licorería Yorlay, El Vigía Estado Méridapor la presunta comisión del delito de los delitos de: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre d.....