este Tribunal Municipal Penal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA la entrega en PLENA del vehículo con las siguientes características: PLACA: AA497MF, MARCA: TOYOTA, CLASE: RUSTICO, USO: PARTICULAR, MODELO: 2009, TIPO: SPORT WAGON, SERIAL DE CARROCERIA: 9FH11UJ9099025864, SERIAL DEL MOTOR: 3RZ8009678, AÑO: 2009, COLOR: AZUL, SERIAL N.I.V. 9FH11UJ9099025864, SERIAL DE CARROCERIA 9FH11UJ9099025864; a la ciudadana GLADYS MARITZA PEÑA AMAYA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 19.096.687, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual consagra el derecho de propiedad que debe garantizarse a toda persona, a quien por documentos idóneos demuestre ser el legítimo propietario, y de conformidad con el.....