es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, incoada por la ciudadana CARMEN BEATRIZ DURAN DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.806.863, hábil, domiciliada en Pueblo Nuevo, del Municipio Libertador del Estado Mérida, asistida por la ciudadana LIANNYS DEL CARMEN RODRÍGUEZ DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V - 13.629.942, Abogada en ejercicio inscrita en el InpreAbogado bajo el Nº 133.673, domiciliada en la población de San Juan del Municipio Sucre del Estado Mérida, y hábil, precisamente el acta de defunción expedida por el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA EL LLANO, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, ANOTADA BAJO EL Nº 48, FOLIO 025, c.....