Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado RAMON AVILIO IZARRA, venezolano, natural de Guayabones, nacido en fecha 17-06-69, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante titular de la cédula de identidad N° 11.215.165, hijo de Ramón Guillén Mercado (f) y Rosarito Isarra Rodríguez (v), residenciado en Avenida Chipia, N° 4-47, La Azulita, Estado Mérida, teléfono 0426-7755503, por la presunta comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ISNEIDA JOSEFINA GUILLEN IZARRA, por cumplirse los requisitos establecidos en los.....