declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos ANDREA KARINA GONZALEZ MALDONADO y JORGE ALEXANDER RODRIGUEZ MEDINA, identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio en fecha doce (12) de septiembre del año dos mil ocho (2008), contrajeron matrimonio civil, por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picon Salas Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 64