HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito por los ciudadanos NUBIA GELVES BELTRAN y SIMEON ROJAS TORO, ut supra identificados, el cual quedo establecido en los siguientes términos: La ciudadana NUBIA GELVES BELTRAN fija la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) mensuales, los cuales serán depositados en cuenta de ahorros a nombre del padre, así mismo se fija como bono escolar a favor de los niños para el mes de agosto por la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) o se compromete a comprar los uniformes escolares de sus hijos mediante acuse de recibo, y como bono navideño para el mes de diciembre se fija la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) o se compromete a comprar los estrenos de la fecha que compartirán con ella los niños, mediante acuse de recibo y dichas cantidades tendrán un incremento anual del 10%. Indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.