DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara que el penado DORWIN JESUS PARRA, titular de la cédula de identidad V-18.149.864, recluido actualmente en el Centro Penitenciario Región Andina San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, tiene hasta la presente fecha un total de TRECE (13) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS DE PRISION, que se le computan como pena cumplida sin redención, que al sumarle las redenciones realizadas en fecha 25/09/2014, por el lapso de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, UN (01) DIA Y SEIS (06) HORAS, 29/01/2016, por el lapso de SIETE (07) MESES, .....