Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Abogada Maria Antonieta Fernández García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 33.682, con el carácter de apoderado Judicial de la Parte demandada, contra la decisión de fecha trece (13) de noviembre de 2002, proferida por el Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andres Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, de fecha 13 de noviembre de 2002, proferida por el Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andres Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la cua.....