PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de febrero de 2022 (f. 171), por el abogado DERVIZ NÚÑEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ ALBEIRO UZCÁTEGUI ZERPA, contra la sentencia dictada en fecha 15 de octubre de 2021 (fs. 164 al 167), por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, mediante la cual declaró sin lugar la cuestión previa de falta de jurisdicción del Tribunal, sin lugar la cuestión previa de falta de competencia por la materia del Tribunal y declaro inadmisible la acción propuesta, en el juicio seguido contra el ciudadano JOSÉ EMÉRITO GUILLEN PERNIA, por nulidad de asiento registral. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda por nulidad de asiento registral interpuesta por el JOSÉ ALBEIRO UZCÁTEGUI ZERPA, asistido por el abogado DERVIZ NÚÑEZ, contra el ciudadano JOSÉ EMÉRITO GUILLEN PERNIA. TERCER.....