DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho antes señaladas éste Tribunal de Juicio No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL EN LA PRESENTE CAUSA, solo y exclusivamente en lo que atañe al ciudadano VÍCTOR ENRIQUE MONTERO LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.566.410, nacido en fecha 27-04-1976, soltero, de ocupación u oficio: Comerciante, con domicilio en la urbanización Negro Primero, avenida principal, casa sin número, estado Barinas, por haber ocurrido su fallecimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal.
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa en favor del ciudadano, que en vida respondía al nombre de VÍCTOR ENRIQUE MONTERO .....