DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado CARLOS ROMAURO ROGALSQUI defensor del ciudadano JOSE LUIS ROJAS RONDON, contra el auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de fecha 05-11-2005, que Declaró con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia del ciudadano antes mencionado, así como la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, y finalmente acordó continuar por las pautas del Procedimiento Abreviado, todo de acuerdo con los artículos 248, 250, 372 Ordinal 1º y 373 del COPP, ratificando en todas y cada una de sus partes, la decisión emanada del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 01 del Circuito Judicial Penal de.....