vista la diligencia de fecha diez (10) de mayo del año 2016, suscrita por la Abogado ELENA MORA DE MARINILLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 8.025.259, inscrita en el Inpreabogado N° 207.793, mediante la cual solicita se subsane el error involuntario en la Sentencia de Declaración de Únicos y Universales Herederos, dictada en fecha 11/04/2016 del presente expediente, por cuanto de la misma se evidencia que en el contenido de la referida sentencia con respecto a los apellidos del causante FRANCESCO MARINILLI MARINILLI, fue mal transcrito como: "...Marinelli Marinelli...", siendo lo correcto "MARINILLI MARINILLI"; asi mismo corríjase el año en que fue dictada la sentencia por cuanto se indico en el año 2015 siendo lo correcto en el año 2016. en tal sentido, este Tribunal, ordena hacer la corrección en el termino antes indicado, todo de conformidad con el contenido y alcance del articulo 252 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con la Decisión d.....