decreta la INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano CESAR AUGUSTO DUGARTE NAVAS, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.715.022, a partir del día de hoy. Se le designa a la misma como TUTOR INTERINO la ciudadana FANNY COROMOTO DUGARTE NAVA, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad numero V-8.001.039, domiciliada en Mérida Estado Mérida, y hábil; quien deberá comparecer por ante el despacho de este Juzgado en el QUINTO DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a las ONCE DE LA MAÑANA, a fin que manifieste su aceptación o excusa a dicho cargo y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. De conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda proseguir con el presente procedimiento de interdicción por los trámites del juicio ordinario, quedando el mismo abierto a pruebas a partir del PRIMER DÍA DE DESPACHO, siguiente a que haya aceptado el cargo y prestado el juramento de ley la .....