EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Único: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida al imputado YUKEISY CAROLINA GUTIÉRREZ LACRUZ, venezolana, naciao en fecha 09/12/1987, de 26 años de edad, estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº 17.894.856, domiciliado en: Chama, Sector El Cambio, calle 1, casa nº 11, teléfono 0424-7404778, de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300 .3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 46, 49.7 y 300.3 Código Orgánico Procesal Penal. Se omite notificar a la fiscalía, defensa y acusada ya que las mismas fueron debidamente notifi.....