el Tribunal acuerda lo solicitado, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, al ciudadano CESAR PUENTES VIELMA, antes identificado, por el lapso de SEIS (06) MESES, ha partir de la presente fecha, el cual debe cumplir las siguientes condiciones: 1- Debe residir en un lugar determinado, si cambia de residencia inmediatamente debe informarlo al Tribunal. 2- Prohibición expresa de realizar actividades que atenten contra el ambiente, como lo es la deforestación, quema, tala, destrucción de vegetación, que afecte la flora y la fauna. 4.-- someterse a las condiciones que el delegado de prueba le imponga. 5- Presentarse a la Coordinación Zonal N° 2, de Tratamiento No Institucional región Andina, con sede en El Vigía, Estado Mérida, a partir del dia lunes 24-01-2005. ----------------------------------------------
QUINTO: Se acuerda remitir copias certificadas de las presente decisión a la Coordinación Zonal N° 2, de Tratamiento No Institucional región Andina, con sede en El Vigía, Es.....