Declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos AURA MAYIRA MARQUEZ AGUILAR y JOSE GREGORIO MEJIAS MARQUEZ, identificados en autos, en fecha primero (01) de julio del año (1993), por ante el Prefecto Civil de la Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 21.