En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano NERIO LUIS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.332.276, residenciado en la Av. Las Acacias, Quinta Maribel, planta baja, Urbanización Primero de Mayo, El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA previsto y sancionado en el artículo 470 del derogado Código Penal; en perjuicio de EMPRESAS PARQUE CEMENTERIO JERDINES CRISTO REY C.A., por haber prescrito la acción penal, conforme a lo establecido en los artículos 108 ordinal 5 del Código Penal, y 318 numeral 3, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.