ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruída en contra de los ciudadanos ÁNGEL ORTEGA, titular de la cédula de identidad No. 7.784.359, residenciado en Maracaibo, calle 169, casa s/n, Estado Zulia, y BAUTISTA GUERRA DOMINGO, titular de la cédula de identidad No. 473.614, residenciado en Páez, sector 01, calle 01, casa 02, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas Graves, previsto v sancionado en los artículo 411 y 422, ordinal 2°, del Código Penal Venezolano vigente para la fecha de los hechos, en concordancia con el articulo 417, eiusdem.
Publíquese, Regístrese, y Notifíquese a las partes la presente decisión. CÚMPLASE.-
El Juez de Control No. 07,
Abg. Noel E. Petit Leal
La Secretaria,
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