DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO, sobre los bienes muebles propiedad de los ciudadanos ADELIS DUGARTE DUGARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.474.164, domiciliado en la calle principal de Campo Elías, local en donde funciona un Comercio denominado Abasto Chile, Parroquia San Antonio, Municipio Aricagua del Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de Librado Aceptante y BERLY AMIDIA PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.296.709, domiciliada en la calle principal de Campo Elías, local en donde funciona un Comercio denominado Abasto Chile, Parroquia San Antonio, Municipio Aricagua del Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de Avalista, hasta cubrir la suma de CIENTO VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS DOS BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 122.602,50), que comprende el doble de la suma demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el tribunal en un veinticinco por ciento (25.....