DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Acuerda la entrega plena del vehículo, descrito en la Experticia de Reconocimiento Técnico inserta al folio 30 y su vuelto, al ciudadano Anderson Argenis Díaz Vielma, titular de la cédula de identidad N° V22.987.529, pues el vehículo en cuestión se encuentra en estado original, no está solicitado y el solicitante demostró su propiedad. En consecuencia, se ordena el desglose del folio 90 y en su lugar dejar copia certificada. Ofíciese al estacionamiento Grúas Satélite, para la entrega del vehículo antes indicado anexar copia simple del folio 30 y vto.
El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los artículos 2, 26, 49, 51, 115, 253 y 257 Constitucional; artículos 2, 4, 7, 13, 19.....