ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO, MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano LUIS VARELA, (EL PELO, sin más datos de identificación), por haber transcurrido el tiempo, extinguiendo la acción penal, por el delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, tal como consta en las actuaciones y al escrito fiscal, previsto y sancionado en el articulo 417 del Código Penal; en perjuicio de Molina Ramírez Juan Carlos, conforme al artículo 318 numeral 3; 48 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes, en caso de no ubicarlos reacuerda notificar de conformidad con los artículos 181 y 183 del COPP. Y ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
LA JUEZA DE CONTROL NRO. 04
ABOG. D.....