DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO por la causal 3° del Artículo , interpuesta por la ciudadana JURAIMA ELIZABETH FLORES, en contra del ciudadano ENENIAS ÁNGULO CORREDOR, siendo que lo único que fue demostrado fue la causal TERCERA DEL ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO, es decir, por EXCESOS, SEVICIAS E INJURIAS QUE HACEN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMÚN, y en consecuencia este Tribunal declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, con arreglo al matrimonio civil que ambos contrajeran por el Registro Civil de la Parroquia Jacinto Plaza, Mun.....