DISPOSITIVA
Como consecuencia de las consideraciones precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 89 numeral 7 y 90 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se declara con lugar la inhibición planteada por el abogado Juan Rodolfo Martínez Casanova, en su condición de Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, en el caso penal N° LP01-P-2015-008645, seguido contra el ciudadano Álvaro Cristian Torrens.
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena al tribunal sustituto continuar conociendo del proceso.
Regístrese, déjese copia y.....