Este Tribunal de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN de la acción por haber transcurrido el tiempo, siendo esta una causa de prescripción penal, por lo que se SOBRESEE la causa, favor del ciudadano JOSE OMAR GUERRERO ALVARADO, en perjuicio de LISANDRO RAMIREZ SEGURA, Cédula de Identidad Nro. 11.217.723, residenciado en el Barrio Panamericano, frente a la Hostería, calle principal Nro. P-12, el Vigía; el caso se inicio según escrito fiscal, en fecha 18 de octubre de 1997, por haber sustraído del interior de un vehículo un extintor de incendio, un equipo de sonido y dos cornetas tal como consta de la inspección ocular inserta al folio 17; y al escrito fiscal inserto al folio 33 de la causa, (...), conforme al artículo 318 numeral 3º en armonía con el artículo 48.8, del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delit.....