Se declararon SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fecha 14 de noviembre de 2002, por la parte actora y demandada contra la sentencia interlocutoria de fecha 11 de noviembre de 2002, proferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de El Vigía, en la incidencia de tacha de instrumentos privados surgida en el juicio seguido por el ciudadano ENDER JOEL PRIETO BRACHO contra la ciudadana NUBIA RAQUEL JINETE GUTIÉRREZ, por cobro de bolívares por intimación, mediante la cual dicho Tribunal, con fundamento en la insistencia de la parte presentante del documento, procedió a admitir la tacha propuesta por la hoy recurrente, por considerar que (sic) ¿la parte actora insistió en hacer valer los documentos tachados¿, ordenando abrir por separado el cuaderno de tacha con los folios 54 al 57 y 60 al 72. Y finalmente, ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judi.....