El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezolana, al imputado : JESUS MANUEL RUIZ, titular de la cedula de identidad N° 14.529.656, Venezolano, en la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la ley Orgànica sobre el derecho de la Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de MAGALY JAIME CONTRERAS., toda vez que revisada las actuaciones que integran la presente causa, observa este Juzgador que estamos en la presencia de un hecho punible, perseguible de oficio y que su acción penal no esta evidentemente prescrita, y que existen fundados elementos de convicción para considerar que el referido.....