En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la pretensión del accionante y declara firme el decreto Intimatorio procediéndose como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, incoada por el ciudadano RAMÓN ANTONIO MÉNDEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.710.401, domiciliado en esta ciudad de Mérida, estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio MIGUEL ANTONIO CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.965.578, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 36.601, domiciliado en esta Ciudad de Mérida y jurídicamente hábil, en contra del ciudadano VENANCIO GARRIDO LOZADA, quien es venezolano, mayor de edad, titul.....