De conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado ciudadano: LUIS MIGUEL CASTRO CASTRO, venezolano, natural Mérida, nacida en fecha 08/04/1992, de 21 años de edad, estado civil , titular de la cédula de identidad N° 20.830.944, de oficio Obrero , hijo de , con domicilio en: Canagua , casa Nº 3-24, de color blanco, calle 2, cerca de la parada de autobuses, teléfono: 0275-858.11.02, (actualmente recluida en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (CON ALEVOSÍA), previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano ALFREDO MORA MÁRQUEZ occiso, a cumplir la pena de: DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, siendo aplicables además las penas accesorias, ordenadas en el Artículo 16 del Código Penal, es decir: La Inhabilitación política mientras dure la pena