ACUERDA: 1) MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el 50% del valor de un inmueble consistente en una casa para habitación unifamiliar, ubicada en la Urbanización las Tapias, Av. 5, casa Nº 4, cuyas características y linderos son las siguientes: FRENTE: Con calle 1 de acceso al complejo; FONDO: Con verja que divide el complejo con la Av. 5 de las Tapias; COSTADO DERECHO: (visto de frente): Con parcela Nº 6; COSTADO IZQUIERDO: (visto de frente): Con parcela Nº 2. La misma tiene un área de 169.10 M2 y le corresponde un porcentaje de condominio de 3.841%. La vivienda esta hecha en construcción tradicional, encintada con la vivienda Nº 6, por el lado derecho y con la vivienda Nº 2, por el lado izquierdo y consta de lo siguiente: Casa de dos pisos, con sala comedor, área de cocina, un baño, cuarto de estudio, escalera de acceso a la parte superior, patio trasero y área de oficios y jardín delantero con un puesto de estacionamiento en la parte inferior, y en la parte superior con.....