declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JAIME ANDRES RUIZ SANTIAGO y MARIA YOSELIN CALDERON MEDINA, identificados en autos, en fecha (5) de febrero del año (1992), por ante la Jefatura Civil hoy Registro Civil de la Parroquia General Manuel Enrique, Municipio Cabimas del Estado Zulia, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 24.