PRIMERO: HOMOLOGA la "Transacción" efectuada por los apoderados judiciales de las partes en fecha diecisiete (17) de abril del año dos mil doce (2012), en el juicio de PARTICION DE BIENES HABIDOS EN LA SOCIEDAD CONYUGAL, incoado por el ciudadano CARLOS OSNEY GOMEZ CALDERÓN, representada por la abogada ELOISA ANGULO. CONTRA la ciudadana LESBIA JESUSITA RANGEL QUINTERO, representada por los abogados PEDRO ORLANDO APOLINAR ROJA y HECTOR LUIS ALBARRAN MERCHAN, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se abstiene este Tribunal de archivar el presente expediente hasta que conste la total cancelación de los pagos por parte de la ciudadana LESBIA JESUSITA RANGEL QUINTERO, al partidor ciudadano WILLIANS BOLÍVAR y al ciudadano CARLOS OSNEY GÓMEZ CALDERÓN, parte demandante.
Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber salido f.....