PRIMERO: Declara INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta en fecha 21 de marzo de 2012, por el ciudadano SIMÓN ALBERTO HERNANDEZ MORÁN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.050.068, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Mérida y hábiles, actuando en nombre personal como propietario de un inmueble local comercial, ubicado en el semisótano del edificio Ciudad Comercial Alto Chama, etapa "A", ubicado en Jurisdicción de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia de documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 22 de julio de 2009, bajo el N° 4, Folios 24 al Folio 28, Protocolo Primero, Tomo X, Tercer Trimestre del referido año, y de documento Autenticado por ante la Notaria Segunda de Mérida del Estado Mérida, en fecha 14 de Enero de 2011, inserto bajo el N° 20, Tomo 04, de los libros de Autenticaciones llevados en esa Notar.....