Acuerda: PRIMERO: La Retención del cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder al ciudadano JORGE ALEXANDER NAVAS RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.719.792, en caso de despido, renuncia a su cargo o Jubilación. SEGUNDO: Con el fin de preservar el Interés Superior de los adolescentes Omitir nombres, de dieciséis (16) y catorce (14) años de edad, para evitar que el referido ciudadano continué incurriendo en mora sobre las cantidades acordadas por el Tribunal, en fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil once, Expediente Nº 20053 se acuerda el descuento directo por nómina del sueldo que devenga el ciudadano JORGE ALEXANDER NAVAS RANGEL, por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) MENSUALES, más los dos Bonos Especiales por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) cada uno, con un aumento automático y proporcional del veinte por ciento (20%) anual, Para lo cual se solicita que las cantidade.....