Por los hechos antes narrados, con motivo de la presunta comisión de un delito, la fiscalía da inicio a la presente investigación N° 14-F6-1074-10 en fecha 21-10-10, y solicitó orden de allanamiento, que le fue acordada por el Tribunal de Control 01 de este Circuito Judicial Extensión El Vigía, en fecha 22-09-2010, bajo el N° ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2010-002646, para ser practicada en la precidada vivienda, con una vigencia de Cuatro (4) días, contados a partir de su expedición; la cual no fue practicada dentro del lapso de su vigencia, por no encontrarse habitantes dentro de la referida vivienda, como se evidencia de oficio suscrito por el jefe de la Sub Comisaría Policial N° 12 de El Vigía, estado Mérida; y dada la caducidad de dicha orden, no pudo hacerse efectiva nuevamente. Motivo por el cual no consta que el hecho que dio origen a la presente investigación se haya realizado; ni constan de las actuaciones elementos que acrediten algún otro hecho punible. Razón por.....