PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos LEIDY DAYANNA SÁNCHEZ VILLARREAL y LUIS ENRIQUE GONZÁLEZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.145.509 y V-17.322.794, en su orden, la primera domiciliada en la residencia Manuelito piso 1, apartamento 3, parroquia Milla, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y el segundo domiciliado en calle Los Compositores 10-40, 2do piso, Chorrillos Lima Perú, y civilmente hábiles; a favor de la madre, ciudadana LEIDY DAYANNA SÁNCHEZ VILLARREAL, garantizando así los derechos y garantías de los ciudadanos niña BRIANNA LUCYA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, de once (11) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-34.643.150, F.N: 25/01/2013, y del adolescente LUIS MANUEL GONZÁLEZ SÁNCHEZ, de trece (13) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-33.918.963, F.N: 23/11/2010; pasándol.....