DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR La demanda por FIJACIÓN DE BONOS ESPECIALES incoada por la ciudadana LUZ MARINA ALTUVE MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.049.175, domiciliada en Ejido estado Mérida y civilmente hábil, representante de la adolescente (Se omite identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Especial), asistida por el abogado JESUS ALBERTO ROJAS LOBO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.024.501, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 74.378, con domicilio procesal en El Conjunto Residencial Centenario, apto. 3-66, planta 6, Edificio No. 3, Ejido Municipio Campo Elías del estado Mérida, contra el ciudadano ORLANDO JOSÉ GUTIERREZ RANGEL, venezolano, mayor de e.....